Mediación Pública: Soluciona tus conflictos en contratación pública
La mediación pública permite resolver controversias surgidas en contratos con el Estado de forma rápida, confidencial y efectiva.
Es una alternativa legal que evita procesos judiciales largos, con acuerdos que tienen fuerza de cosa juzgada y ejecutabilidad inmediata.
¿Qué puedes hacer en mediación pública?
Si tienes un conflicto derivado de un contrato público, puedes acudir a mediación para buscar acuerdos sobre multas, pagos pendientes, declaratorias unilaterales de terminación o cualquier otro incumplimiento contractual, sin necesidad de iniciar una demanda judicial.
Incumplimiento contractual
Conflictos por falta de ejecución de lo pactado en un contrato público.
Incumplimiento de pagos
Falta de pago derivada de la relación contractual entre el proveedor privado y la entidad estatal contratante.
Multas impuestas
Negociación o revisión de multas aplicadas por supuestos incumplimientos.
Terminación anticipada
Controversias por terminación unilateral del contrato sin mutuo acuerdo.
PREGUNTAS FRECUENTES
Para comenzar el proceso de mediación, necesitas llenar un formulario (consulta aquí) de solicitud en el que se invita a la otra parte a dialogar. En ese formulario deberás incluir:
Tus datos personales y los de contacto de la otra parte
Una breve descripción del conflicto (3 o 4 líneas)
Una vez recibido el formulario, nos pondremos en contacto contigo para confirmar la viabilidad del caso y proporcionarte la información sobre los costos iniciales del proceso.
Puedes consultar más abajo la lista actualizada de tarifas.
Se aplica un costo inicial por apertura del proceso. Si las partes llegan a un acuerdo, se adiciona un valor proporcional a la cuantía, que generalmente equivale al 1%. Si no hay acuerdo, solo se cancela el valor correspondiente a la sesión efectuada según tarifa por hora.
Nuestra sede está en la ciudad de Quito, en la siguiente dirección:
Calle De las Alondras N46-03 y De las Amapolas,
Edificio Río Pindo, Planta Baja.
Es nuestra única sede oficial, y toda nuestra atención es personalizada. No contamos con sucursales ni intermediarios. Te invitamos a agendar una cita para poder orientarte de forma directa y confidencial.
Para iniciar un proceso de mediación en casos de contratación pública, es necesario presentar los siguientes documentos:
Solicitud de mediación
Identificación:
Copia de la cédula de ciudadanía, pasaporte, DNI o documento de identidad, y papeleta de votación.Representación legal (personas jurídicas):
Original o copia certificada del nombramiento actualizado del representante legal, inscrito en el Registro Mercantil.Poder especial para transigir:
En caso de que asista una tercera persona o abogado a la audiencia. Conforme al Art. 2350 del Código Civil.Delegación de la entidad pública:
Documento mediante el cual la entidad delega formalmente al servidor que asistirá a la audiencia.Poder para transigir (delegado):
Si el representante legal delega la firma del acta, debe emitir un poder en los términos del Art. 2350 del Código Civil.Certificación presupuestaria:
Emitida por el Director Financiero o quien haga sus veces, en caso de compromisos económicos asumidos por la entidad pública.Informes técnico, financiero y jurídico:
Requeridos para mediaciones donde interviene una entidad del sector público.Declaración sobre procesos pendientes:
La autoridad competente debe declarar si existe o no un proceso administrativo, arbitral o judicial, o un examen aprobado por la Contraloría relacionado con el conflicto.Autorizaciones especiales (si aplica):
Cuando la entidad pública realizará concesiones, se requiere autorización del Procurador General del Estado (Art. 12 LO-PGE) o del Concejo Cantonal en el caso de gobiernos autónomos descentralizados.
Conoce nuestros precios
COSTOS POR ACUERDO
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Solo por éxito
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Menos los costos iniciales
REGISTRO N.66 consejo de la judicatura
Somos un centro de mediación autorizado por el Consejo de la Judicatura del Ecuador desde el año 2016. Con casi 10 años de experiencia, garantizamos un servicio legal, confiable y profesional. Descarga aquí nuestro registro y verifica que estás en manos de un equipo calificado y reconocido oficialmente.
PERMISO vigente
Conforme al Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación (Decreto Ejecutivo N.º 165, art. 19 y Disposición Transitoria Tercera) y al criterio jurídico CJ-DNJ-2021-0497-MC, los centros registrados no requieren renovación.
Por tanto, nuestro permiso se encuentra vigente de forma indefinida.